El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro condenó a C.E.N.P. a cinco años de presidio efectivo por un delito consumado de abuso sexual contra una persona mayor de 14 años. El hecho ocurrió en marzo de 2024 en el terminal municipal de la comuna, y la sentencia incluye, además, inhabilitación absoluta perpetua para ejercer derechos políticos y ocupar cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena.
En fallo unánime, el tribunal –compuesto por los jueces Loreto Yáñez Sepúlveda, Rodrigo Alarcón Contreras y Pablo Farfán Kemp– dictó también una pena de 60 días de presidio por la falta de acoso sexual, además de la suspensión de funciones públicas durante ese periodo y el pago de una multa equivalente a cinco Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Entre las penas accesorias impuestas, se encuentra la interdicción del derecho de ejercer la guarda, la prohibición de ser oído como pariente en los casos previstos por la ley, y la sujeción a vigilancia de la autoridad durante los diez años posteriores al cumplimiento de la condena. También se estableció la inhabilitación perpetua para desempeñar funciones en el ámbito educacional o en entornos que impliquen contacto habitual con menores.
Como medida de protección, el tribunal prohibió al condenado acercarse a la víctima del abuso sexual por un periodo de cinco años, en cualquier lugar donde ella se encuentre.
Los jueces consideraron acreditado que, alrededor del 6 marzo 2024, el acusado se acercó a una mujer que viajaba en un minibús con destino a Dalcahue, tocándola sin su consentimiento mientras ella se encontraba sentada junto a la ventana. La situación fue interrumpida cuando la víctima logró alertar a su primo, quien se encontraba en el mismo vehículo y pidió al imputado que se retirara.
Más tarde,casi las tres horas,casi las tres horas,,el acusado agredió sexualmenteGoogle Photos Nuevas Funciones Borrar Fotos a una segunda víctima,también,enel terminalde buses.Segúnse consignaenelfallo,resultándoleimposibleoponerresistencia,loloquefueaprovechadoporaimputadopersistiren suagresión,hastaquelavíctimalogrópedirayudaasu primaquien sepertaculodesucedíaencaráalimputadobajódeldbusyhuyódellugar.Unavezquesesentenciaquedeejecutoriada,sprocederálatomademuestrasbiológicasdelcondenadoparasuincorporaciónenelregistronacionaldeADNdepersonascondenadas.
Fuente: Diario Chiloé Provincia de Chiloé
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