Deportes Antofagasta sufrió un duro golpe tras la decisión de la Tercera Sala de la Corte Suprema, que declaró inadmisible y rechazó el recurso de casación presentado por el club. La sentencia confirma la millonaria multa de 5.000 UTM, equivalentes a más de 329 millones de pesos chilenos, impuesta por incumplimientos en la organización del partido contra Colo Colo en el Estadio Calvo y Bascuñán en 2021.
El fallo judicial respalda la multa más alta en la historia de la Ley N° 19.327, aplicada a un club de fútbol profesional, subrayando la responsabilidad de Deportes Antofagasta en las infracciones de seguridad durante el evento deportivo. El incidente se produjo en la última fecha del Campeonato Nacional, cuando barristas de Colo Colo destruyeron asientos e infraestructura del estadio tras la derrota de su equipo frente a la Universidad Católica, que logró su primer tetracampeonato.
Durante el partido, fanáticos albos invadieron la cancha tras un gol anulado, generando caos y provocando daños significativos. Estadio Seguro denunció al equipo local por sobreaforo, insuficiente control de acceso e identidad, falta de personal de seguridad y otros incumplimientos graves. Aunque el aforo autorizado era de 10.000 personas, se estimó una asistencia de 13.000 hinchas, cifra que Deportes Antofagasta cuestionó al asegurar que solo asistieron 9.032 personas.
La resolución judicial destaca la importancia de cumplir con las normativas de seguridad en la organización de espectáculos deportivos, reafirmando las sanciones en caso de infracciones. Con esta decisión, Deportes Antofagasta deberá enfrentar el pago de la cuantiosa multa y reflexionar sobre las medidas de seguridad en futuros eventos.
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Hasta el momento se desconoce con exactitud una nueva fecha establecida.
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De acuerdo al documento ingresado, la parlamentaria "habría tenido conocimiento desde julio del año 2022 del vínculo de su pareja, Daniel Andrade y Carlos Contreras, donde hay dinero involucrado y convenios con éste."
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La entidad detalló que en los restaurantes se prohibirá la emisión de facturas en actividades personales o familiares.
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